Junto al empresario Héctor Mario Díaz Herrera también fueron sentenciados cuatro de sus entonces empleados.
Luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de conocimiento condenó a siete años de prisión al exrepresentantes legal de un Grupo Empresarial de Santa Marta (Magdalena), Héctor Mario Díaz Herrera; y a cuatro de sus entonces empleados, Margarita María Perdomo, José Alfredo Noche Ramirez, Carmen Cecilia Parra Meza y Rubén Darío Sosa Álvarez; por su participación en diferentes maniobras ilícitas que buscaban obstruir el avance de un proyecto urbanístico.
Los hechos que motivaron la decisión ocurrieron en 2006. Una compañía obtuvo la licencia de construcción para edificar un proyecto multifamiliar, en un predio aledaño al hotel del señor Díaz Herrera.
En su momento, el promotor de la iniciativa cumplió con los requerimientos exigidos por la curaduría urbana; sin embargo, el hoy sentenciado demandó la resolución que otorgó el permiso al nuevo complejo y presentó documentación falsa para argumentar que no había cumplido con los actos de comunicación, como la instalación de vallas anunciando las fases del proceso de aprobación.
La investigación liderada por una fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción también acreditó que Margarita María Perdomo, en su rol de secretaria de presidencia del Grupo Empresarial, respaldó las actuaciones de su entonces jefe y convenció a tres trabajadores para que mintieran y declararan en contra del proyecto multifamiliar.
Por todo lo anterior, Héctor Mario Diaz Herrera y Margarita Maria Perdomo fueron condenados por el delito de fraude procesal; mientras que los demás involucrados fueron declarados responsables del delito de falso testimonio.
El fallo es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.
La Fiscalía habla con resultados.
LAGP/JARG/EQ/DECC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.