Luego de avalar el preacuerdo celebrado entre la Fiscalía General de la Nación y la defensa de Luis Felipe Velásquez Quiroga, un juez penal del circuito de Arauca impuso al procesado una condena a 12 años y 6 meses de prisión. 

El material probatorio recopilado por la Fiscalía demostró que el condenado hacía parte de un grupo delincuencial dedicado a almacenar armamento de uso privativo, para luego cometer acciones delictivas contra la comunidad en nombre de las disidencias de las extintas Farc. 

Velásquez Mora fue capturado en flagrancia el 22 de diciembre de 2022 durante una diligencia de allanamiento a su vivienda, ubicada en la vereda Monserrate del citado municipio. En el lugar fue hallado material de guerra, tres motocicletas registradas como hurtadas y granadas de fragmentación. También fueron recuperados dos menores de edad que estaban siendo instrumentalizados para la comisión de delitos. 

Tras escuchar los argumentos de la Fiscalía Velásquez Quiroga decidió voluntariamente aceptar su responsabilidad en los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de uso privativo de las fuerzas armadas, fabricación, tráfico, tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, receptación, concierto para delinquir y uso de menores de edad en comisión de delitos.  

De esta manera, el hombre deberá continuar privado de la libertad en un centro carcelario hasta terminar de cumplir la pena. 

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

MPHA/MAGA/HMCR/DSA

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.