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Por solicitud de la Fiscalía, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales (Caldas) condenó a ocho miembros de una organización delincuencial dedicada a la venta de sustancias estupefacientes en Supía, Marmato y Riosucio (Caldas) desde enero de 2018.
Los sentenciados son: Deisy Alejandra Rodríguez Vásquez, quien deberá cumplir 86 meses de prisión; Marley Garavito Henao y Luis Alfonso Villa Manrique, pagarán 54 meses de prisión y multa de 1331 smlmv; Jonathan Sánchez Hurtado, Luis Albeiro Arenas Ruíz, Wilmar Álzate Reinosa, Gustavo Enrique López Ríos y Henry Alfredo Carvajal Torres, quienes purgarán 51 meses de prisión y pagarán multa de 1331 smlmv.
Estas personas responderán por los delitos de concierto para delinquir agravado en concurso heterogéneo y sucesivo con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Mediante labores investigativas se estableció que Garavito Henao, a quien el juez de conocimiento le concedió prisión domiciliaria por ser madre cabeza de familia, junto con Villa Manrique distribuía sustancias alucinógenas aprovechando la labor de mototaxista de este último en Supía, en las minas en Marmato y en Riosucio (Caldas).
Se determinó además que Sánchez Hurtado y Carvajal Torre vendían en la calle y a domicilio la sustancias.
Por su parte, Rodríguez Vásquez, quien también fue condenada por el delito de uso de menores de edad para la comisión de delitos, vendía al menudeo desde su domicilio y en también en la calle utilizando menores de edad para tales fines con el apoyo de su compañero sentimental Arenas Ruíz.
Igualmente, el ente acusador evidenció que Álzate Reinosa y López Ríos se dedicaban a la venta de la sustancia estupefacientes en pequeñas cantidades en las calles de Supía (Caldas).
Todos los procesados, quienes fueron capturados en marzo de 2019, previo a la audiencia de acusación realizaron un preacuerdo con la Fiscalía en el que aceptaron su responsabilidad, en virtud de los cual se les degradó su participación de autores a cómplices.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
LMGM/DLBM