Se estableció que rindió varias declaraciones ante la Corte Suprema de Justicia para favorecer a un senador de la República y evitar que fuera procesado por nexos con las Autodefensas Unidas de Colombia.
Luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de conocimiento de Bogotá condenó al exjefe paramilitar Uber Enrique Banquez Martínez, conocido como ‘Juancho Dique’, a 10 años y 3 meses de prisión por los delitos de falso testimonio en concurso homogéneo y sucesivo, en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo y sucesivo con circunstancias de mayor punibilidad.
En 2008, el excabecilla del Bloque Héroes de los Montes de María de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) mintió en varias declaraciones que rindió bajo la gravedad de juramento ante los funcionarios de la Corte Suprema de Justicia, que investigaban los posibles nexos del entonces senador Javier Enrique Cáceres Leal con los grupos paramilitares que delinquían en la región.
Una fiscal de la Delegada contra la Criminalidad Organizada acreditó que ‘Juancho Dique’ entregó información engañosa y negó cualquier vínculo del congresista con la estructura armada ilegal, para favorecerlo y desviar el proceso que se seguía en su contra por el delito de concierto para delinquir.
La sentencia conocida dispuso que la pena deberá hacerse efectiva en establecimiento carcelario y negó cualquier subrogado, además impuso una multa equivalente a 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de 84 meses para el ejercicio de funciones públicas.
El fallo es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.
Esta información se publica por razones de interés general.
JMSV/JARG/MO/DCCO
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.