Las propiedades afectadas están avaluadas en más de 16.166 millones de pesos.

La Fiscalía General de la Nación identificó la maniobra ilícita a la que habría recurrido Ángel Javier Varón Castro, el extraditado cabecilla de una red narcotraficante, para ocultar 319 bienes obtenidos con los dineros producto del envío de cargamentos de clorhidrato de cocaína por la San Andrés Islas rumbo a países de Centroamérica.

Los elementos de prueba obtenidos por una fiscal de la Dirección Especializada del Derecho de Extinción de Dominio dan cuenta de que las propiedades estaban a nombre de terceras personas, que fungían como testaferros y dificultaban el rastreo. En ese sentido, fueron afectadas con medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo, secuestro y toma de posesión.

Los bienes fueron ocupados en diligencias realizadas por el CTI en Pueblorrico, Sopetrán, Bello, Envigado, Fredonia y Medellín (Antioquia); y Pácora (Caldas). Se trata de 18 predios rurales, entre fincas de descanso y haciendas ganaderas; 8 viviendas urbanas, 25 vehículos, una sociedad y 267 cabezas de ganado, que superan en valor los 16.166 millones de pesos.

Este resultado hace parte de la estrategia ‘Argenta’, dispuesta por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para afectar las finanzas y el patrimonio de la criminalidad organizada, los grupos narcotraficantes y las estructuras delincuenciales.

Las propiedades afectadas quedaron a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

 

LAGP/JARG/LPD/DECEDD/MRC.

 

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.