El exrepresentante a la Cámara fue condenado por nombramientos irregulares y otros actos ilícitos en su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL).

La Fiscalía General de la Nación ocupó con fines de extinción de dominio tres bienes que pertenecerían al excongresista Manuel Antonio Carebilla Cuellar, los cuales estarían a nombre su compañera permanente y habrían sido adquiridos mientras se desempeñó como representante a la Cámara por Amazonas, durante dos periodos consecutivos, entre 2006 y 2014.

La Corte Suprema de Justicia condenó a Carebilla Cuellar a 14 años y 7 meses de prisión, en noviembre de 2017, y lo declaró responsable de los delitos de: peculado, cohecho impropio, falsedad ideológica en documento público agravada por el uso y concusión.

El fallo señaló que el excongresista estuvo comprometido en varios nombramientos irregulares y otras actuaciones ilícitas con el personal que conformó su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL). Quedó acreditado que designó a personas que nunca cumplieron labores, pero recibieron sus respectivos salarios; además, certificó falsamente que desempeñaron actividades que no fueron ejecutadas por los contratados, sino por terceros.

El alto tribunal indicó además que el exrepresentante solicitó indebidamente a sus subalternos el pago de obligaciones propias como el arreglo de su vehículo y la financiación de los gastos de campañas políticas en las elecciones locales de 2007 en Amazonas.

En ese sentido, la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio ocupó los tres bienes, avaluados en más de 2.000 millones de pesos, en diligencias realizadas en Bogotá. Los inmuebles quedaron a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración.

Esta información se publica por razones de interés general.

MAGA/JARG/PSY/MCRC/

La Fiscalía habla con resultados

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.