La Fiscalía General de la Nación obtuvo órdenes de captura contra los señalados máximos cabecillas del Grupo Armado Organizado Residual (GAOr) Bloque Oriental, como presuntos responsables del reclutamiento ilícito de los menores de edad que murieron en una acción militar realizada en jurisdicción de San Vicente del Caguán (Caquetá), el 29 de agosto de 2019.
De acuerdo con los elementos de prueba recopilados por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos y tres denuncias recibidas, una en Puerto Rico (Caquetá) y otras dos en San José del Guaviare, menores de edad entre los 12 y 16 años habrían sido reclutados y vinculados a la estructura criminal. Posteriormente, los cuerpos fueron encontrados en el campamento de alias Gildardo o Cucho, objetivo de la operación militar en Caquetá.
Las órdenes de captura fueron emitidas por los delitos de concierto para delinquir agravado y reclutamiento ilícito, y afectan a:
- Miguel Botache Santillana, alias Gentil Duarte.
- Néstor Gregorio Vera Fernández, alias Iván Mordisco.
- Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá.
- Gener García Molina, alias Jhon 40.
De otra parte, la Fiscalía General de la Nación fue notificada de la decisión tomada por el Consejo Superior de la Judicatura que, al resolver un conflicto de competencia con la Justicia Penal Militar, dispuso que la justicia ordinaria es la competente para conocer el proceso penal por la muerte de los menores de edad, ocurrida el 29 de agosto de 2019.
En ese sentido, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos asumirá los actos investigativos.
Esta información se publica por razones de interés general.
JARG/DJR/DECVDH
La Fiscalía habla con resultados
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.