Hay indicios de que habría pedido a un grupo paramilitar asesinar al funcionario judicial porque, en la década de los noventa, lo condenó a 10 años de cárcel y ordenó aplicar extinción de dominio a una de sus propiedades.
Luego de valorar el abundante material de prueba y los testimonios obtenidos, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos estableció que Eduardo Enrique Dávila Armenta sería el determinador del crimen del juez penal especializado de Santa Marta (Magdalena), Javier Alfredo Cotes Laurens, ocurrido en diciembre de 2001.
Las investigaciones dan cuenta de que, a cambio de favores y supuestos servicios de seguridad, el hoy procesado habría financiado una red sicarial conocida como ‘Los Chamizos’, que estaba al servicio del entonces jefe paramilitar de la Sierra Nevada de Santa Marta, Hernán Giraldo Serna, y un clan familiar conocido como ‘Los Rojas’.
Al parecer, Dávila Armenta pidió a esta organización criminal asesinar al funcionario judicial que, en la década de los noventa, lo condenó a 10 años de prisión por tráfico de estupefacientes y pidió aplicar extinción de dominio a una de sus propiedades, ubicada en Bahía Concha.
Está acreditado que integrantes de ‘Los Chamizos’ participaron en el crimen. Uno de ellos llegó hasta la casa del juez especializado, en el barrio Santa Elena de Santa Marta, y le disparó en varias ocasiones hasta causarle la muerte.
En ese sentido, la Fiscalía mantuvo la medida de aseguramiento privativa de la libertad contra Eduardo Enrique Dávila Armenta y lo acusó por el delito de homicidio agravado. Este proceso se sigue en el marco de la Ley 600 de 2000 (anterior Sistema Penal).
Esta información se hace pública por razones de interés general.
JARG/DJR/DECVDH
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.38765