El dinero fue hallado en un empresa de mensajería de Ibagué (Tolima). Estaba embalado como un paquete de encomienda y tenía como destino Querétaro (México).

Las labores investigativas dirigidas por la Fiscalía General de la Nación contra las redes delictivas dedicadas a la falsificación de moneda nacional y extranjera permitieron frustrar el envío de más de un millón de dólares, los cuales habrían sido elaborados en una imprenta clandestina.

La información obtenida indicaba que un paquete con dinero falso que iba ser remitido como encomienda desde una empresa de mensajería de Ibagué (Tolima) con destino a México. Servidores de la Policía Nacional se trasladaron al establecimiento de comercio y ubicaron una caja de cartón que contenía 10.291 billetes de 100 dólares, distribuidos y embalados en 100 fajos.

En la inspección se constató que el paquete haría escala en un centro de distribución de carga en el occidente de Bogotá y saldría por vía aérea rumbo a Querétaro (México). Los dólares fueron incautados y trasladados al laboratorio de documentología de la Dijin de la Policía Nacional, donde peritos especializados establecieron se trataba de réplicas que contaban con seriales, marcas de seguridad y otras características que les daban apariencia de legalidad.

Una fiscal del Grupo de Moneda Falsa de la Delegada contra la Criminalidad Organizada legalizó el hallazgo ante un juez de control de garantías. La investigación continuará para identificar y lograr la judicialización de los responsables de la falsificación de dólares a gran escala y su envío a destinos internacionales.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.