Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en cárcel a Angelmiro López García, alias Richard, presunto cabecilla de las redes de apoyo del Frente Juan Fernando Porras del ELN, que delinque en Tibú (Norte de Santander).

alias Richard, señalado de actos terroristas en Tibú (Norte de Santander).

Las investigaciones dan cuenta de que este hombre sería el encargado de realizar acciones terroristas contra la fuerza pública en zona de frontera; además de informar a los cabecillas de la estructura criminal sobre la ubicación, desplazamientos y puestos de control de las unidades de la Policía Nacional y el Ejército Nacional. 

Hay indicios de que alias Richard habría participado en un atentado con explosivos en febrero de 2018, en el sector conocido como Palmarito, en la vía que conduce de Cúcuta a Tibú (Norte de Santander). En la acción ilegal murieron cinco soldados y 10 quedaron heridos.

Asimismo, es señalado de coordinar la ejecución de homicidios, el transporte de armamento y la activación de artefactos explosivos. En las investigaciones se estableció que estaría vinculado a la voladura del oleoducto Caño Limón – Coveñas, en el punto ‘Poso Azul’, en abril de 2019.

Por estos hechos, una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales imputó a López García el delito de concierto para delinquir agravado y terrorismo.

Alias Richard fue capturado en una acción conjunta de la Fiscalía y la Policía Nacional en Torres de León, en zona rural de Tibú (Norte de Santander).

Esta información se publica por razones de interés general.

LMBG/JARG/DECOC

La Fiscalía habla con resultados 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.