Los procesados fueron capturados en flagrancia luego de, supuestamente, recibir $110’000.000. 

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario al fiscal especializado de Bucaramanga, Javier Alberto Rodríguez Rosales; y al técnico investigador del CTI Seccional Santander, Jairo Enrique Pulido Pascagaza, quienes estarían involucrados en el cobro de dádivas para interceder en actuaciones judiciales.

En ese sentido, un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción les imputó el delito de concusión, cargo que no fue aceptado por los procesados.

De acuerdo con los elementos de prueba los dos funcionarios habrían acordado, a través de varias reuniones, ayudar a una persona vinculada a un caso de lavado de activos, cuyos bienes serían sometidos a medidas cautelares de extinción del derecho de dominio. Al parecer, exigieron $350’000.000 para interceder y lograr la preclusión o archivo de la investigación. 

El pasado viernes 9 de abril, personal de policía judicial de la Fiscalía, con apoyo de unidades del Gaula Militar, capturaron en flagrancia a los dos servidores judiciales, minutos después de presuntamente recibir $110’000.000 que corresponderían a un primer pago de la suma pactada.  

Las acciones definidas por la Fiscalía General de la Nación para actuar contra la corrupción continuarán, en el entendido de que también buscan garantizar transparencia y legalidad en el desempeño de los funcionarios de la entidad. 

Esta información se publica por razones de interés general.

LAGP/JARG/EAC

La Fiscalía habla con resultados. 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.