Una vez surtida la diligencia de formulación de cargos para sentencia anticipada ante un fiscal de Derechos Humanos y DIH, los procesados Luis Alberto Flórez Pérez e Iván Patiño Patiño fueron condenados por el Juzgado Penal Especializado del Circuito Adjunto de Quibdó (Chocó) a cuatro años y dos meses y cinco años y dos meses de prisión, respectivamente.

Tales condenas fueron proferidas en desarrollo del proceso que se adelanta por las acciones hostiles desplegadas por grupos armados al margen de la ley en contra de pobladores de las cuencas de los ríos Cacarica, Salaquí y Truandó en jurisdicción del municipio de Ríosucio (Chocó), entre 1997 y 2000, cuando se inició el cultivo de palma y la práctica de la ganadería extensiva.

El procesado Flórez Pérez, miembro de una asociación de palmicultores y quien hipotecó predios para obtener cuantiosos créditos, aceptó su responsabilidad únicamente por el delito de concierto para delinquir.

Por su parte, Patiño Patiño, representante legal de una empresa palmicultora, reconoció haber incurrido en concierto para delinquir, desplazamiento forzado, en calidad de cómplice, e invasión de áreas de especial importancia ecológica, también como cómplice. Según la providencia del juzgador las acciones de esta persona afectaron a la comunidad de las cuencas del Curbaradó y Jiguamiandó.

Patiño Patiño, condenado a multa de 2.160 salarios mínimos legales mensuales vigentes, está privado de la libertad en la cárcel de Itagüí (Antioquia) y Flórez Pérez,

condenado a multa de 1.800 salarios mínimos legales mensuales vigentes, está preso en la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá.