La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá modificó y aumentó a 42 años la sentencia que en primera instancia había sido proferida en contra de John Jawer Londoño Puerta y Robin Rafael Ramírez Chala  por el homicidio del juez civil de Quibdó (Chocó), Jorge Iván Velázquez Ríos en 2008.

En la misma decisión, se ordenó la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de veinte (20) años.

En el fallo, los magistrados dan la razón a la fiscal del caso, quien reclama una falla en la asignación de la pena impuesta, ya que Ramírez Chala registra un antecedente penal vigente, de modo que en su caso, al concurrir circunstancias de mayor punibilidad, la sanción debería ubicarse en el punto máximo. La sumatoria debía dar 498 meses de cárcel y no 474, como se dijo en la primera instancia.

Ahora los sentenciados estarán en la cárcel 42 años en lugar de los 39 a los que fueron condenados inicialmente.

El homicidio del juez Jorge Iván Velázquez Ríos está relacionado con las decisiones tomadas en su ejercicio como juez civil cuando ordenó a Ramírez Chalá realizar la devolución a Alejo Garcés la discoteca Capricornio, que había tomado en arriendo.

De acuerdo con lo establecido por la Fiscalía, Ramírez Chalá contactó en la ciudad de Cali a dos hombres a quienes les ofreció 40 millones de pesos como pago por el homicidio del juez Velázquez Ríos.

Mientras que John Jawer  Londoño Puerta fue coautor al ser él quien colaboraría con la logística para el pago y manutención de los sicarios contratados para ejecutar el asesinato. Los autores materiales del homicidio fueron capturados en junio de 2009 y aceptaron los cargos impuestos por la Fiscalía. Pagan una pena de 24 años de prisión.

Robín Rafael Ramírez Chalá está condenado a 13 años de cárcel por homicidio en la modalidad de tentativa cometido contra Alejo Garcés, propietario de la discoteca Capricornio, en el 2007.