Leidy Marcela Quinche Cante quedó en evidencia en cámaras de seguridad, cuando recibía en sobres el dinero que pedía a los ciudadanos que no cumplían con los requisitos para salir del país o viajar con sus hijos menores de edad. 

Luego de aceptar de manera libre y voluntaria los cargos formulados por la Fiscalía General de la Nación, la exfuncionaria de Migración Colombia, Leidy Marcela Quinche Cante, fue condenada por un juez penal de conocimiento de Bogotá a cuatro años y tres meses de prisión por el delito de concusión.

La hoy sentenciada, que cumplía funciones en los filtros migratorios del Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá, aprovechó su cargo para solicitar y recibir dinero de viajeros que no cumplían los requisitos para salir del país o carecían de la documentación de ley para viajar con hijos menores de edad.

Registros de cámaras de seguridad y otras pruebas obtenidas en el curso de la investigación permitieron conocer seis eventos delictivos ocurridos entre el 15 de diciembre de 2024 y el 8 de marzo de 2025, en los que le fueron entregadas a la mujer diversas sumas de dinero, en pesos y dólares estadounidenses, para facilitar la salida de viajeros.

El fallo en contra de Quinche Cante impone una multa de 36.33 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por 43 meses. Además, precisa que deberá cumplir la pena en su lugar de residencia, por su condición de madre cabeza de hogar.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

 

 

LAGP/JARG/JI/DECC

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.