Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Jhon Jairo Cuesta Caro, presunto responsable de exigirle dinero mediante la entrega de panfletos y visitas a un agricultor de Maní (Casanare).

El procesado aparece de frente a la cámara, esposado con sus manos adelante, custodiado por un servidor del CTI Fiscalía y un uniformado del Gaula Ejército. Detrás de ellos, hay varios pendones institucionales.
Jhon Jairo Cuesta Caro deberá responder ante la justicia por el delito de extorsión, desde una cárcel donde fue enviado por solicutud del ente acusador.

Cuesta Caro fue imputado por un fiscal de la Seccional Casanare como presunto responsable del delito de extorsión, cargo que no fue aceptado.

El 8 de septiembre pasado, dos hombres que se identificaron como comandantes de un grupo ilegal, llegaron a la vivienda de la víctima y le habrían exigido una suma de dinero a cambio de no atentar contra su familia y sus bienes.

Posteriormente, el 30 de septiembre anterior, en medio de una entrega controlada, servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo del Gaula del Ejército Nacional, capturaron al procesado en flagrancia, en un establecimiento comercial, mientras recibía 12 millones de pesos, producto de la extorsión.

Durante el procedimiento de captura, fueron incautados un celular, una motocicleta, una libreta con datos y el paquete con el dinero.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.