En la foto aparece el capturado custodiado por un uniformado de la Policía y Ejército Nacional. Asimismo, un uniformado de la Fuerza Naval de la Amazonia. En la foto también aparece el cargamento incautado.
Labores investigativas dejaron en evidencia que dicho cargamento sería de un grupo armado ilegal, el cual pretendía ser comercializado en el mercado ilegal de Brasil.

Los elementos materiales probatorios recopilados por la Fiscalía General de la Nación, permitieron la identificación y judicialización de Ronald Vélez Agudelo, presunto responsable de transportar gran cantidad de marihuana vía fluvial en Puerto Asís (Putumayo).

Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales le imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El procesado no aceptó el cargo y deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

Según la investigación se conoció que, el pasado 25 de septiembre, Vélez Agudelo, fue sorprendido cuando, al parecer, se movilizaba en un planchón por el río Putumayo con 895 kilos de marihuana.

Presuntamente, para evadir el control de las autoridades, escondió el estupefaciente en una pared doble fondo de la embarcación, el cual estaba distribuido en varios paquetes rectangulares envueltos en bolsas negras dentro de costales.

Labores investigativas dejaron en evidencia que dicho cargamento sería de un grupo armado ilegal, el cual pretendía ser comercializado en el mercado ilegal de Brasil.

El procesado fue capturado en flagrancia por uniformados del Ejército, Sijin de la Policía Nacional y Fuerza Naval de la Amazonía.

 

WAGG/AMCJ/CHC/DECOC

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.