El hoy sentenciado llegó al Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá procedente de México. En los filtros aduaneros omitió reportar el dinero que llevaba escondido en su equipaje, del cual no tenía soportes válidos sobre su origen y destinación.

Un hombre de cabello canoso y corto, con camisa de manga corta color azul claro, aparece sentado frente a la cámara en un espacio luminoso. El fondo muestra una sala amplia con sofás claros, ventanales grandes y cortinas que dejan entrar la luz natural. Su expresión es seria y mira directamente hacia el frente.
El Tribunal Superior de Bogotá condenó a Julián Alberto Correa Betancur a 10 años de prisión por intentar ingresar al país 100.000 dólares ocultos en una maleta de doble fondo, tras revocar la absolución en primera instancia.

Al atender un recurso de apelación interpuesto por la FiscalíaGeneral de la Nación, el Tribunal Superior de Bogotá condenó a 10 años de prisión a Julián Alberto Correa Betancur, por intentar ingresar al país 100.000 dólares estadounidenses ocultos en un maleta doble fondo, el 23 de julio de 2018.

El falló revocó la decisión de primera instancia que había absuelto al procesado y, por el contrario, lo declaró responsable del delito de lavado de activos. Además, leimpuso una multa equivalente a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y precisó que la pena debe hacerse efectiva en establecimiento carcelario.

Las pruebas obtenidas en el curso de la investigación por un fiscal de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos dan cuenta de que el hoy sentenciado llegó al Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá en vuelo procedente de México. En los filtros aduaneros indicó que portaba 1.010 dólares, 890 pesos mexicanos y 189.000 pesos colombianos. Sin embargo, no se refirió a los 100.000 dólares que escondía en su equipaje.

En su momento, Correa Betancur aseguró que las divisas eran el pago por una relación laboral que sostuvo con un tercero. Sin embargo, la Fiscalía demostró que el hombre no aportó información o documentos que demostraran válidamente su origen y destinación.

Contra la condena conocida proceden los recursos de ley.

MAGA/JARG/LCPR/SLMA/DECLA/ALT/DFC

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.