Se le atribuye haber contactado y forzada mediante amenazas a una adolescente de vincularse a una estructura armada ilegal. La víctima fue recuperada y sus derechos reestablecidos luego de que quedara herida en medio de un enfrentamiento armado en Amazonas.
De su casa en Miranda (Cauca), una menor de edad de 15 años salió y no regresó. Durante dos años se desconoció su paradero. Finalmente, en mayo de 2024, fue rescatada por una comunidad en Amazonas, luego de que quedara herida en un enfrentamiento armado entre dos grupos armados ilegales.
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Cauca, puso en marcha varias actividades investigativas para tener claridad sobre lo sucedido. En ese sentido, se conoció que la adolescente había sido contactada por un hombre y mediante amenazas de muerte obligada a vincularse a la estructura Franco Benavides de las disidencias de las Farc.
Posteriormente, fue trasladada a uno de los denominados centros de entrenamiento en manejo de armas y otras prácticas delictivas, y llevada al sur del país donde fue instrumentalizada para ejecutar acciones criminales.
Las evidencias permitieron identificar a la persona que habría localizado, intimidado y entregado a la joven a las disidencias de las Farc. Se trata de Marlon Trujillo Ramos, alias Junior, quien sería uno de los reclutadores de menores de 18 años para las disidencias de las Farc en Nariño.
Este hombre fue capturado e imputado por el delito de reclutamiento ilícito. Por disposición de un juez de control de garantías deberá cumplir medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.