Fiscales del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Bolívar, presentaron ante jueces de control de garantías a dos hombres quienes, en hechos independientes, habrían abusado sexualmente de menores de edad.
A los procesados les imputaron, según sus responsabilidades individuales, delitos de acto sexual con menor de 14 años, acceso carnal abusivo con menor de 14 años y demanda de explotación sexual comercial con menor de 18, cargos que no fueron aceptados.
La primera decisión afecta a un comerciante de 47 años, quien habría incurrido en tocamientos de índole sexual contra una menor de 13. Los hechos ocurrieron en mayo de 2020, en el barrio Nelson Mandela de Cartagena. Al parecer, el procesado aprovechaba que la joven iba a su negocio a comprar víveres, para ofrecerle dinero y regalos; y además, someterla a vejámenes sexuales. El hombre fue capturado por la Policía Nacional el pasado 30 de mayo en el corregimiento de Santa Ana, jurisdicción de la Isla de Barú (Bolívar).
Por otra parte, fue asegurado un hombre que, en el municipio de Soplaviento, habría agredido sexualmente a una menor de 12 años. Los hechos ocurrieron en, al menos, dos oportunidades, en julio de 2022, cuando el investigado, de 33 años, se cree aprovechó que la víctima llegó hasta su casa, para abusarla. La detención de esta persona sucedió el pasado 13 de junio, y estuvo a cargo de la Policía en el sur de Bogotá.
Los procesados deberán cumplir medida de aseguramiento en centros carcelarios de Cartagena y Bogotá.
MEVA/MAGA/PG/SM/EGM/SB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.