Las víctimas eran mineros, comerciantes, agricultores y ganaderos de Achí, Pinillo, Magangué, San Jacinto del Cauca, Montecristo, Tiquisio y Puerto Rico (Bolívar).
La Fiscalía General de la Nación judicializó a Katherine Tirado Polanco, alias La Puchingo; y a Icle Alberto Hernández Villegas, alias Charly, quienes harían parte de la subestructura Arístides Meza Páez del Clan del Golfo, que delinque en Bolívar.

Los procesados serían responsables del cobro de las extorsiones que la organización ilegal realizaba a mineros, comerciantes, agricultores y ganaderos en los municipios de Achí, Pinillo, Magangué, San Jacinto del Cauca, Montecristo, Tiquisio y Puerto Rico (Bolívar). Por estos hechos, el ente acusador les imputó cargos por concierto para delinquir y extorsión, ambas conductas agravadas.

Los montos exigidos a las víctimas dependían de la cantidad de hectáreas que tuvieran o por el número de reses de las que fueran dueños. De esta manera, les cobraban sumas que iban desde los 10.000 a los 30.000 pesos cada mes.
La Fiscalía evidenció además que los montos exigidos a establecimientos comerciales fluctuaban entre 300.000 y 10 millones de pesos. Los responsables de minas de extracción de oro debían pagar el 20 por ciento de su producción mensualmente. Y en el caso de las empresas de obras civiles, o los consorcios de construcción, tendrían que cancelar sumas del 5 o 10 por ciento de los proyectos.
La Policía y el Ejército Nacional capturaron a ‘La Puchingo’, en Achí; y a ‘Charly’, en Cartagena. Por disposición del juez de control de garantías los procesados, quienes negaron su responsabilidad frente a los cargos en su contra, fueron asegurados en centros carcelarios.
MEVA/MAGA/YM/EGM/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.