El autor material es quien comete directamente la conducta delictiva, sin intervenir a través de otra persona ni representar a alguien más. Esta figura está contemplada en el artículo 29 del Código Penal. En este video te explicamos más detalles.
Autor material es quien comete directamente una conducta delictiva. Según el Artículo 29 del Código Penal colombiano, es autor quien ejecuta el delito por sí mismo, o incluso si utiliza a otra persona como instrumento.
Si varias personas cometen el delito, con acuerdo tácito o expreso, serán coautoras. Son coautoras propias cuando cada una de ellas incurre en la conducta delictiva.
Serán coautoras impropias cuando las personas se dividen tareas y cada una de ellas realiza un aporte esencial para realizar el delito.
En conclusión, el autor material es quien lleva a cabo directamente un delito. ¿Quieres entender más conceptos jurídicos?
Síguenos en nuestras redes y mantente informado.