En la fotografía se aprecia de pie y con los brazos atrás a Bladimir Padilla Marín, alias Blacho. Viste camiseta color naranja pálido, bermuda estampada con colores negro, amarillo y pantuflas. A su extremo derecho hay un servidor del CTI de la Fiscalía y un uniformado del Ejército. A su izquierda hay un uniformado del Ejército. Delante de ellos hay una mesa cuadrada, oscura, y sobre ella hay dinero en efectivo y un teléfono celular. Al extremo izquierdo del procesado hay una motocicleta. Detrás de ellos hay dos pendones institucionales de la Fiscalía y otro con logos del Gaula Ejército y de la Fiscalía.
Bladimir Padilla Marín, alias Blacho, al parecer, fue sorprendido recibiendo un millón y medio de pesos, producto de una extorsión, en La Victoria (Valle del Cauca).

La Fiscalía General de la Nación logró la identificación y judicialización de un hombre por su presunta participación en realizar exigencias económicas ilegales a comerciantes en La Victoria (Valle del Cauca).

Se trata de Bladimir Padilla Marín, alias Blacho, quien fue imputado por el delito de   extorsión. El procesado no aceptó el cargo y deberá cumplir la medida de aseguramiento en centro carcelario, por decisión judicial.

Los hechos ocurrieron el pasado 9 de abril, en el municipio, donde, presuntamente, Padilla Marín, de 28 años, fue sorprendido y capturado en flagrancia por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y del Gaula Militar, en el momento que, al parecer,  recibía 1.500.000 pesos, producto de una extorsión.

Durante la diligencia judicial, las autoridades incautaron una motocicleta, un celular y dinero en efectivo. 

MAP/DSVC/AMCJ/

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.