El procesado fue capturado en Caldas, donde se escondía de las autoridades.

En la imagen aparece el procesado en medio de una pareja de investigadores del CTI.
Presunto responsable de homicidio en Itagüï (Antioquia).

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario  en contra de Andrián Johan Sebastián Agudelo Agudelo, alias El Oxidado, como presunto responsable del asesinato de un hombre en hechos ocurridos 18 de agosto de 2024, en la vereda El Ajizal de Itagüí (Antioquia).

La noche del día de los hechos, el procesado habría disparado en varias oportunidades en contra de la víctima, quien falleció luego de recibir tres disparos en la cabeza.

Alias El oxidado fue capturado por la Policía Nacional en Chinchiná (Caldas) el pasado 27 de marzo, cuando se identificó con una cédula de ciudadanía falsa. Posteriormente, durante el proceso de judicialización por parte de Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), se estableció que era requerido por el homicidio.

Un fiscal de la Seccional Medellín lo imputó por los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Los cargos no fueron aceptados.

Por los mismos hechos y delitos ya tienen medida de aseguramiento intramuros Brayan Stiff López, alias La Bruja; y Daniel José Quintero Palma, alias Aleluya, quien deberá responder en calidad de determinador.

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.