Ante un juez de control de garantías de Tuluá (Valle del Cauca), la Fiscalía General de la Nación presentó a Manuel Andrés Sánchez Campo, alias Julián o Pirry. Esta persona está siendo procesada como presunto cabecilla del Frente 57 del Grupo Armado Organizado Residual (Gaor) disidencias de las FARC, que delinquen en los municipios de Tuluá y Sevilla.

En la fotografía se aprecia de pie y con los brazos atrás a Manuel Andrés Sánchez Campo, alias Julián o Pirry. Viste camisa de color rosado, manga corta y cuello; así como jean azul desgastado y zapatillas color marrón con azul y blanco. A sus extremos hay uniformados del Ejército y de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Policía.
Manuel Andrés Sánchez Campo, alias Julián o Pirry, formaría parte de las disidencias Frente 57 Yair Bermúdes, y sería el encargado de coordinar homicidios selectivos y secuestros extorsivos en el Centro y Norte del Valle del Cauca.

Un fiscal de la Seccional Valle del Cauca le imputó a ‘Pirry’ el delito de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio, pues sería el responsable de coordinar una serie de asesinatos en el norte y centro del Valle.

Los ilícitos atribuidos a Sánchez Campo ocurrieron durante el año 2023, al parecer, con el propósito de mantener el control territorial por parte de la agrupación ilegal, para cometer los ilícitos. La captura del procesado ocurrió el pasado 2 de marzo en Granada (Meta) y estuvo a cargo de la Policía Nacional.

El juez de control de garantías acogió la solicitud de la Fiscalía y decidió que alias Pirry, quien no aceptó los cargos, debe cumplir la medida de aseguramiento en centro carcelario.

MAP/DSVC/MAGA

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.