La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Caldas, judicializó a Óscar Arbey Yarce Berrio como presunto responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años. Los hechos ocurrieron en enero pasado, en la residencia del posible agresor, ubicada en Anserma.

Óscar Arbey Yarce Berrio está en la foto acompañado por un funcionario del CTI de la Fiscalía y en la parte de atrás se ve backing con los logos de la Fiscalía.
Óscar Arbey Yarce Berrio fue capturado por funcionarios del CTI de la Seccional Caldas y judicializado por el delito de actos sexuales con menor de 14 años.

Este caso fue denunciado por la madre del menor, víctima del delito. La mujer señaló al hoy capturado como quien, bajo engaños, se habría llevado a su hijo de 8 años a su casa, donde lo sometió por la fuerza a tocamientos de tipo sexual.

Según la investigación, el procesado habría aprovechado su condición de presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio Occidente, para ganarse la confianza de la víctima y su familia.

Funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía, durante la recolección de elementos materiales probatorios, ubicaron evidencias que vincularían al ahora judicializado con otros dos hechos similares, en los que las víctimas serían también menores de edad. El ente acusador adelanta las investigaciones respectivas.

Un juez de control de garantías cobijó con medida de aseguramiento en centro carcelario a Yarce Berrio, quien durante las diligencias judiciales rechazó los cargos en su contra.

 

 

 

JLH/MAGA/ACG

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.