La Fiscalía General de la Nación judicializó a dos señalados integrantes de la compañía Negro Eliécer del Frente 33 de las disidencias de las Farc, que estarían involucrados en secuestros y otras acciones delincuenciales en la zona del Catatumbo.

Se visualiza a los capturados junto a uniformados del Gaula de la Policía Nacional. Detrás de ellos el banner que identifica a la Policía Nacional.
Alveiro Ramírez Contreras, segundo cabecilla de la subestructura, y Fermin Pérez, alias Carrolo, judicializados por concierto para delinquir y secuestro extorsivo agravado.

En un trabajo articulado con el Gaula Élite de la Policía Nacional, fueron capturados en zona  céntrica de Villa del Rosario (Norte de Santander), Alveiro Ramírez Contreras, segundo cabecilla de la subestructura, y Fermín Pérez, alias Carrolo.

Las investigaciones adelantadas por la Fiscalía establecieron que Ramírez Contreras, en su rol de cabecilla de este grupo armado ilegal, sería el encargado de  impulsar la ejecución de secuestros en Hacarí, Ábrego, La Playa de Belén y Ocaña (Norte de Santander).

Entre las acciones que se les atribuyen a los dos procesados, se encuentra el secuestro de una pareja de esposos, ocurrido el 20 de agosto de 2024, en La Playa de Belén (Norte de Santander).

Durante las audiencias concentradas, fueron imputados por los delitos de  concierto para delinquir y secuestro extorsivo agravado. Por determinación de un juez de control de garantías les impusieron medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.

 

MPHA/AMCJ/JAAL/EDBC/DSNS

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.