La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional Santander, judicializó a Hernán Alberto Proaños Morales y Ómar Hernán Flórez, como presuntos responsables de los delitos de terrorismo; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos y utilización ilegal de uniformes e insignias.

Los hombres capturados aparecen detrás de una mesa, esposados con las manos atrás. Están rodeados de miembros del Gaula Policía. Frente a ellos hay u na mesa con varios elementos y armas, y una motocicleta en el lado izquierdo.
Hernán Alberto Proaños Morales y Ómar Hernán Flórez, presuntos integrantes del frente 33 de las disidencias de las FARC, fueron cobijados con medida de aseguramiento intramuros.

Según la investigación, los procesados habrían afirmado ser integrantes del frente 33 de las disidencias de las Farc, para intimidar a los pobladores del municipio de La Paz (Santander), ante quienes se presentaban vistiendo prendas militares y armas de fuego de largo alcance de las Fuerzas Armadas.

Los dos procesados fueron capturados el pasado 20 de febrero por uniformados del Gaula de la Policía Nacional. Al momento de su detención, los uniformados les incautaron a Proaños Morales y Hernán Flórez armas de corto y largo alcance, material intendencia, uniformes de uso privativo de la fuerzas pública, aerosoles, panfletos alusivos al frente 33 de las FARC y 4 celulares.

Por determinación judicial, los investigados fueron enviados a centros carcelarios donde cumplirán las medidas de aseguramiento que les fueron impuestas por el juez de control de garantías.

DRA/MAGA/SL/DSS

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.