En otro proceso, también fue judicializado un hombre que habría cometido delitos sexuales a otra menor de edad en esa ciudad.

 

Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a la pena de 15 años y 3 meses de prisión a un hombre, responsable de los delitos de acto sexual con menor de 14 años y demanda de explotación sexual comercial con persona menor de 18 años.

Los hechos ocurrieron en 2021, en el barrio La María en Cartagena (Bolívar), donde este hombre, de 45 años, le realizaba tocamientos en sus partes íntimas a una menor de edad, de 8, y le ofrecía dinero a cambio de que accediera a sus pretensiones sexuales y no contar lo sucedido.

Dichos abusos se registraron en la casa de la tía de la víctima, quien la cuidaba mientras su madre trabajaba. El agresor era amigo de la familia y aprovechaba los momentos a solas con la niña para realizar los vejámenes.

Por otra parte, en hechos ocurridos en agosto de 2022, en el barrio Chino de Cartagena, un hombre, al parecer, le realizó tocamientos de índole sexual a su vecina, una menor de edad, de 11 años y le ofrecía dinero a cambio de que guardara silencio.

El señalado agresor, también, la habría amenazado en caso de que no accediera a sus abusos.  Su captura fue materializada por la Policía Nacional y un fiscal le imputó los delitos de acto sexual con menor de 14 años y demanda de explotación sexual comercial con persona menor de 18 años. Cargos que no fueron aceptados.

 

MEVA/LMFO/AMCJ/YQ/SM/EGM/DSB

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.