Los imputados fueron sorprendidos en flagrancia cuando recibían una suma de dinero que estaría relacionada con las exigencias económicas ilegales. Los procesados se identificaron como integrantes de un grupo criminal.

 

Por petición de una fiscal de la Seccional Sucre, un juez de control de garantías de Sincelejo judicializó a Rosa Iris Benítez Canoes, Yurbrainer Feria Romero y Donaldo Fidel Rodríguez Barrios, presuntamente implicados en el delito de extorsión agravada.

Según la investigación, Rodríguez Barrios fue contactado por una persona para reparar un computador. Mientras cumplía esta labor, la víctima le comentó que recientemente le habían hurtado un celular.

Este comentario le permitió al hombre afirmar que él supuestamente había desbloqueado dicho dispositivo, por lo que se ofreció a recuperarlo. Así, el investigado se habría ganado la confianza de la víctima logrando conocer aspectos de su vida personal, social y económica.

Desde entonces, y a través de redes sociales, la víctima comenzó a recibir mensajes en los que le exigían el pago de 400.000 pesos, so pena de causarle daño. Además, afirmaban conocer sus movimientos, que vivía con su mamá y su hermana. Ante esto, decidieron reunirse para entregar el dinero.

Uniformados del Gaula de la Policía Nacional desplegaron un operativo antiextorsión, y el pasado 18 de febrero capturaron a los procesados cuando se disponían a recibir el dinero pactado. Rodríguez Barrios aceptó los cargos en su contra y le fue impuesta medida de aseguramiento extramural. Por el contrario, Benítez Canoes y Feria Romero los rechazaron y fueron dejados en libertad pero continúan vinculados a la investigación.

 

VHGB/MAGA/MASR/DSS

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.