El material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación permitió la judicialización de Alexander Vargas Cortés, por su presunta responsabilidad en el crimen de un hombre, de 71 años, y su hija, de 27, en el interior de un apartamento en Soacha (Cundinamarca), el pasado 11 de enero.

Por estos hechos, un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI), le imputó los delitos de feminicidio, acceso carnal violento y homicidio, las tres conductas agravadas. Además, fue judicializado por ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.
El procesado no aceptó cargos y le fue impuesta medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
De acuerdo con la investigación, Vargas Cortés aprovechó la confianza de una familiar de las víctimas, quien le suministró las llaves del apartamento para que acompañara la visita de servicio técnico que adelantaría un operativo, ya que no se encontraría en el inmueble.
Vargas Cortés ingresó en horas de la tarde al lugar, y presuntamente, aprovechó que la mujer, de 27 años, se encontraba sola para ponerla en estado de indefensión, accederla sexualmente y después golpearla, hasta quitarle la vida.
El presunto agresor permaneció en la vivienda y en horas de la noche cuando regresó, la segunda víctima, al parecer, la atacó con un arma cortopuzante causándole la muerte.
El hoy asegurado, con el fin de desviar la investigación, habría alterado la escena de los hechos y movió los cuerpos, para que las autoridades creyeran que la situación se presentó en medio de un altercado entre el padre y la hija.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.