El exfuncionario como ordenador del gasto habría favorecido un peculado de 2.061 millones de pesos.
En audiencia programada por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía General de la Nación acusó formalmente al exgobernador de Cauca, Temístocles Ortega Narváez, como presunto responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y falsedad ideológica en documento privado.
La investigación dirigida por una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia advierte que el entonces funcionario celebró, con presuntas irregularidades, el contrato 1040 de agosto de 2014, por valor de 2.509 millones de pesos, cuyo objeto era la ampliación en 200 metros de la pista de aterrizaje del aeropuerto municipal de López de Micay (Cauca).
Los elementos materiales probatorios dan cuenta de que el proceso contractual estaría soportado en estudios de suelos falsos e inconsistencias en los cálculos de diseño de las alcantarillas. Otras de las anomalías detectadas están relacionadas con la ausencia de licencias ambientales y autorizaciones por parte de la Aeronáutica Civil.
Para la Fiscalía, el entonces gobernador era el ordenador del gasto, y debía ejercer vigilancia y control sobre la contratación; sin embargo, habría permitido que se configurara un detrimento patrimonial de 2.061 millones de pesos, dinero que fue entregado a la fundación contratista en pagos realizados en septiembre, noviembre y diciembre de 2015, sin que se acreditara el cumplimiento del objeto del contrato.
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LAGP/JARG/UFDCSJ.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





