Los procesados defraudaron, en 200 millones de pesos, el sistema masivo de transporte.
Luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó, a penas que oscilan entre los 7 y 11 años de prisión, a cuatro exempleados del metro de Medellín que incurrieron en actos de corrupción.
Se trata de los hermanos Andrés Felipe y Valentina Umaña Tobón, así como Sergio Alexánder Ortiz Raigoza y Julieth Zapata Duque, quienes fueron encontrados responsables de los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación y obstaculización ilegítima de sistemas o redes de comunicación.
Los procesados, quienes laboraban como informadores – vendedores en el sistema masivo de transporte, alteraron el sistema informático de recargas de tarjetas, permitiéndoles apropiarse de 214’354.875 de pesos. Estas conductas fueron detectadas durante una auditoría interna que probó que estos hechos ocurrieron entre junio de 2018 y agosto de 2019.
En procedimientos de allanamiento y registro realizados en septiembre de 2019 por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) se incautaron 228 tarjetas y 3’125.000 de pesos en efectivo, dinero que fue afectado con medidas de comiso.
El fallo en primera instancia determinó que cada uno de los condenados deberá pagar una multa equivalente a 150 salarios mínimos mensuales legales vigentes, para la época de los hechos.
Esta sentencia fue apelada por la defensa de los procesados ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín.
LFML/LSAH/LMFO/MAGA/DSM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.