La Fiscalía General de la Nacion presentó ante un juez de control de garantías a Jhon Jairo Betancourth Pail, alias Chinche, por su presunta participación en el asesinato del líder indígena awá, Juan Carlos Acosta Nastacuás, ocurrido el 19 de marzo del año en curso, en Ricaurte (Nariño).

Un fiscal seccional de Pasto le imputó los delitos de homicidio agravado, secuestro extorsivo, extorsión agravada, concierto para delinquir y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Los cargos no fueron aceptados y un juez  de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

Las investigaciones permitieron establecer que Betancourth Paíl, sería un cabecilla de una red de apoyo de las disidencias de las Farc, y estaría encargado de la ejecución de acciones terroristas contra la población y la Fuerza Pública en el corredor geográfico que une Mallama, Ricaurte y Barbacoas.

Igualmente, adelantaría el cobro de extorsiones a comerciantes, transportadores y contratistas de obras, quienes eran citados a los campamentos de la estructura criminal, para definir las cuotas y pagos.

El material de prueba da cuenta de que los comerciantes que se oponían a pagar, al parecer, eran mantenidos cautivos en campamentos y les exigían a las familias sumas entre los 20 y 100 millones de pesos, de acuerdo con la actividad económica de las víctimas.

El hombre fue capturado en la terminal de transportes en Orito (Putumayo) por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), uniformados de la Sijín de la Policía Nacional y soldados del Ejército. En el operativo le fueron incautados un celular y dos tarjetas sim.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.