La Fiscalía cuenta con un Programa de Protección y Asistencia dedicado a proteger a víctimas, testigos e intervinientes en un proceso penal, y a funcionarios de la entidad.
Toda persona que colabora efectivamente al éxito de una investigación, y su vida corra peligro por su participación en un proceso penal, puede solicitar al fiscal del caso su inclusión al Programa de Protección.
La Dirección de Protección y Asistencia recibe la solicitud de protección del fiscal de conocimiento, en el que se establece la colaboración efectiva del testigo en el proceso o su disposición a colaborar. Posteriormente, hace las valoraciones de riesgo y toma la decisión de su vinculación o no.
En caso de detectarse una amenaza y/o riesgo extraordinario o extremo que se derive de la participación procesal, se otorgan las medidas de protección y de asistencia para el testigo, y sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, cónyuge o compañero o compañera permanente.
Algunas de las medidas de protección son:
- Ubicación en un lugar alejado a la zona de riesgo en una sede de seguridad.
- Cambio de domicilio en un lugar fuera de la zona de riesgo.
- Esquema de Seguridad.
El protegido, en cualquier caso, debe cumplir con las obligaciones previstas por el Programa para facilitar su protección y ser corresponsable de su seguridad.
El Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación está a la vanguardia y es uno de los más completos en la actualidad. Además, es pieza clave para proteger a víctimas y testigos esenciales para el desarrollo de complejas investigaciones.