La prescripción implica que, tras un período determinado sin que se haya ejercido la acción penal, caduca la vigencia de un caso ante la justicia.
Es decir, que los operadores de justicia dejan vencer el plazo señalado por la ley para actuar contra el presunto implicado en un delito, y no adelanta las gestiones necesarias tendientes a determinar su responsabilidad penal.
Según la normativa colombiana, un delito prescribe teniendo en cuenta el máximo de la pena que esté establecida en el Código Penal. No pueden ser inferior a cinco años ni superar los 20 años.
La prescripción se interrumpe con el inicio de la acción penal. En el procedimiento ordinario se da con la de imputación; y en el procedimiento abreviado con el traslado de escrito de acusación.
Debes tener en cuenta que para los delitos de lesa humanidad y de genocidio, crímenes de guerra, y conductas sexuales contra menores de edad, la acción penal no prescribe y se puede ejercer en contra de los responsables, en cualquier momento.