Por solicitud de una fiscal adscrita al Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), el Tribunal Superior de Cartagena revocó la absolución que un juez de conocimiento profirió en primera instancia contra un hombre que abusó sexualmente de la nieta de su compañera sentimental.

Atendiendo la apelación de la Fiscalía el magistrado condenó, en segunda instancia, a 22 años de prisión al implicado. Los hechos ocurrieron entre noviembre de 2018 y febrero de 2019 en una vivienda del barrio Los Cerezos de Cartagena.

 Le puede interesar: Condenado a 16 años de cárcel hombre que abusó de un menor en un inquilinato de Cali

La Fiscalía demostró que el agresor, abuelastro de la víctima, aprovechó que vivía con la menor de 11 años para en varias oportunidades someterla a tocamientos de índole sexual; además de obligarla a que ella hiciera lo mismo con él.

Asimismo, se comprobó que el hombre agredía a la menor físicamente cuando ella se negaba a incurrir en los vejámenes sexuales. Al respecto, la Fiscalía cuenta con información que señala al sentenciado como el responsable de haber golpeado con un objeto contundente a la joven, hecho que le generó una incapacidad por varios días.

Tras revisar las pruebas aportadas por el ente investigador, el Tribunal concluyó que el procesado, de 68 años, es responsable de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años, ambas conductas agravadas.

 

 

 

 

MEVA/LMFO/MAGA/LR/GM/DSB

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.