Una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (CAIVAS) de Cartagena consiguió que un juez impusiera medida de aseguramiento en establecimiento carcelario a dos mujeres, quienes estarían promoviendo prácticas sexuales en la isla de Barú (Bolívar) con menores de edad.

Se trata de las ciudadanas extranjeras Ramberlin Virginia Quevedo Molina y a Beatriz Adriana Gil Rojas, administradoras de un establecimiento nocturno que, al parecer, ofrecía estos  servicios sexuales.

En la imagen están dos mujeres de pie, de contextura gruesa, mediana estatura, una se encuentra vestida de jean con camisilla blanca, sandalias café y la otra con camiseta roja, pantalón y sandalias gris. Se encuentran custodiadas por dos agentes de la Policía Nacional.
las procesadas fueron judicializadas por los delitos de proxenetismo con menor de edad y estímulo a la prostitución de menores.

En diligencia de allanamiento y registro realizada por la Policía Nacional al bar ubicado en el corregimiento de Ararca, se logró el rescate de dos jóvenes de 15 y 17 años, quienes trabajaban y vivían en ese lugar. En el procedimiento fueron capturadas las administradoras del local.

La Fiscalía les formuló imputación por los delitos de proxenetismo con menor de edad y estímulo a la prostitución de menores. Las mujeres no aceptaron los cargos y el juez ordenó su reclusión en la cárcel del municipio de Turbaco (Bolívar).

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

MEVA/LMFO/CFG/SM/EGM/DSB

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.