Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario en contra de Mayra Alejandra Narváez Ramírez, como presunta responsable de extorsionar a una comerciante de Medellín.

Los hechos investigados ocurrieron el 26 de marzo cuando una mujer, propietaria de varios locales comerciales en la ciudad, recibió un mensaje de texto en el que se identificaron como disidencias de las Farc y la intimidaron con la fotografía de la vivienda de su mamá, al tiempo que le exigieron  300 millones de pesos como “aporte de guerra”.

En la imagen se encuentra la procesada con un servidor del CTI, y el parte de atrás un pendón con los logos de la Fiscalía General de la Nación y el Gaula del Ejército Nacional.
Presunta responsable de cobrar dinero producto de la extorsión a una comerciante de Medellín

Posteriormente, la mujer siguió recibiendo múltiples mensajes de texto de siete números de celulares donde le manifestaron que si no pagaba la millonaria suma atentarían contra su familia y su patrimonio.

Días después llamaron a la comerciante y bajaron la exigencia a 50 millones de pesos. La mujer les manifestó que podía entregarles el dinero el lunes 22 de abril.

Ese día la víctima fue hasta el sitio acordado, al sur de Medellín, donde se apareció Narváez Ramírez, quien fue capturada por servidores del CTI, con el apoyo del Ejército Nacional, luego de que, al parecer, recibiera el dinero producto de la extorsión.

La Fiscalía le imputó el delito de tentativa de extorsión agravada, que la procesada no aceptó.

Esta información se publica por razones de interés general.

NAMT/LMFO/CFG/SE/DSM

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004