En otro hecho, un delegado fiscal le imputó cargos a un ex miembro de la Policía Nacional por el homicidio de una mujer en medio de actos del servicio.

Daniel Francisco Galeano Ortiz y Carlos Mario Quintana Velásquez fueron imputados por un despacho adscrito a la Unidad de Vida de la Fiscalía en el Tolima, por su presunta responsabilidad en la muerte violenta, con arma de fuego, de dos personas en hechos aislados ocurridas en los años 2022 y 2017.

Galeano Ortiz es señalado por el ente acusador de haber disparado en contra de la humanidad de Juan Camilo Rojas Capera, el 28 de agosto del año 2022 en horas de la madrugada cuando se encontraba en la vía Picaleña frente a la antigua Estación del Tren en la vía que conduce al sector de Buenos Aires de Ibagué. 

Testigos de los hechos dan cuenta que la víctima se encontraba desprevenida con otra persona, y fueron sorprendidos por dos hombres, identificando a uno de ellos como el hoy privado de la libertad quien procedió a desenfundar un arma de fuego con la que le dispararía a Rojas Capera en tres oportunidades causándole heridas que desencadenaron en su muerte. 

Tiene la Fiscalía información que da cuenta que el victimario fue reconocido como el guarda de seguridad de la biblioteca del sector y a quien lo acompañaba como residente igualmente de la zona, lo que de alguna manera le dio tranquilidad a la víctima y a su amigo, sin imaginar lo que sucedería.

El procesado, quien se encuentra privado de la libertad por un hurto millonario en Lérida, Tolima desde octubre del año pasado, no aceptó los cargos imputados por el delegado fiscal de homicidio agravado y porte de armas agravado, y fue afectado con medida de aseguramiento intramuros.

En la imagen se ve una persona detenida de espaldas bajo custodia del CTI y la Policía Nacional.
Daniel Francisco Galeano Ortiz fue detenido por investigadores del CTI con el apoyo de la Policía y el Ejército por estar relacionado con un hurto cometido contra un hombre en Lérida, Tolima. La Fiscalía le imputó nuevos cargos por el homicidio de Juan Camilo Rojas Capera en agosto del 2022.

Dispararía sin justificación

En otros hechos, el mismo delegado fiscal imputó cargos por el delito de homicidio agravado al exintegrante de la Policía Nacional, Carlos Mario Quintana Velásquez, el cual no aceptó haber cometido.

El ente acusador lo señala del homicidio de Johana Alexandra Gallego Otavo, cometido en actos del servicio el 10 de agosto del año 2017, en la vía que de Mariquita conduce a la capital tolimense.

Todo ocurrió cuando se encontraba el imputado, quien para la época de los hechos era subintendente y junto con su compañero, un patrullero, en el peaje del municipio de Alvarado, Tolima, y le hicieron la señal de pare a una motocicleta en la que se movilizaba una pareja.

El conductor omitiría la señal de pare y continuó su camino con dirección a Ibagué por lo que los uniformados iniciaron la persecución de la pareja, quienes se desviaron tomando la vía que conduce a la vereda Doima, siendo interceptados por los uniformados que les atravesaron el vehículo oficial en el que se movilizaban por lo que el conductor optó por devolverse siendo ese el momento en que el subintendente Quintana Velásquez desenfundó su arma de fuego y disparó en una oportunidad impactando a la mujer que iba de parrillera.

Para la Fiscalía, el policial desbordó con su comportamiento ese deber constitucional como servidor público de salvaguardar la vida de los ciudadanos al optar por disparar en contra de dos personas que, si bien huyeron ante su llamado, jamás representaron un peligro para su integridad o la de su compañero de patrulla.

La próxima audiencia será de acusación.

Esta información se hace pública por razones de interés general.

 

 

PAAM/LYBT/EFP/AMBV/DST

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.