El hombre, al parecer, utilizaba certificados y documentos a nombre de otras personas para ejercer.
Una fiscal del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma) logró la judicialización de Miguel Ángel Parrado Amado, quien presuntamente realizaba procedimientos veterinarios en Cali (Valle del Cauca), sin tener título profesional ni la idoneidad para hacerlos.
En atención a una denuncia ciudadana, el pasado 5 de marzo, la Fiscalía, Protección Animal de Cali y la Policía Nacional realizaron una diligencia de registro en una clínica veterinaria. En el lugar se constató que el propietario del establecimiento, al parecer, ejercía la profesión amparado en documentos y certificados que pertenecían a otras personas que gozaban del reconocimiento del Consejo de Medicina Veterinaria y de Zootecnia de Colombia.
Adicionalmente, fueron recuperados tres perros y dos gatos. Uno de los felinos fue trasladado al Centro de Bienestar de Cali debido al grave estado de salud que evidenciaba. El diagnóstico inicial indicó que el animal habría sido intervenido quirúrgicamente de manera inadecuada en una de sus extremidades y debía ser tratado por un especialista.
Por todo lo anterior, Parrado fue imputado por el delito de falsedad en documento público. La Fiscalía avanza en la investigación para poder vincularlo como posible responsable de maltrato animal.
Estas acciones hacen parte del compromiso de la Fiscal General de la Nación (e), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan la vida e integridad física de los animales.
La Fiscalía habla con resultados.
AMCJ/JARG/JMT/GELMA/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.