El abogado Gabriel Alberto Arce Sepúlveda gestionó de manera irregular, por lo menos, ocho tutelas con las que garantizó que los beneficiados fueran enviados a cárceles menos restrictivas.
Luego de valorar el abundante acervo probatorio y los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, el Tribunal Superior de Cali confirmó la condena en contra de Gabriel Alberto Arce Sepúlveda, el articulador principal de una red delictiva que gestionó de manera irregular el traslado de personas privadas de centro penitenciarios de alta y mediana seguridad a cárceles municipales.
La decisión resalta que el sentenciado deberá cumplir una pena de ocho años y seis meses de prisión, por los delitos de concierto para delinquir agravado y prevaricato por acción, por 30 eventos distintos. La pena deberá hacerse efectiva en establecimiento carcelario.
La investigación demostró que Arce Sepúlveda, entre 2015 y 2017, contactó a internos de alto perfil criminal en diferentes centros penitenciarios del país y, a cambio de altas sumas de dinero, presentó por lo menos ocho tutelas con las que garantizó que fueran enviados a cárceles de Florida, Yotoco y Vijes (Valle del Cauca); y Miranda y Guapi (Cauca).
Para concretar su propósito ilegal cooptó a un juez penal municipal de Cali, y se concertó con varios dependientes judiciales, directores de las cárceles municipales de Florida y Miranda, y funcionarios de diferentes entidades que le suministraron certificaciones, entre otros documentos.
Los beneficiados con las decisiones permanecieron en condiciones menos restrictivas, se fugaron o cumplieron las penas en medio de beneficios y comodidades.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
JARG/LMVG/DECVDH/MCRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.