Ricardo Puentes Polanía, ex agente de tránsito de Neiva, Huila, fue condenado a la pena de 8 años de prisión por el delito de concusión y fue inhabilitado para ejercer cargos públicos por 6 años.

Una fiscal adscrita a la Unidad de Administración Pública de la Seccional Huila logró que un juez del circuito le impusiera esta condena por hechos ocurridos el 24 de enero del año 2015 cuando requirió a una ciudadana por, según él, llevar una placa falsa y a cambio de no inmovilizarle su vehículo, le exigió la suma de $50.000.

Todo ocurrió en horas de la mañana en vía pública de la ciudad, cuando la víctima se encontraba parqueada frente a un establecimiento. El agente le indicó que la placa no era la correcta ante lo cual la afectada le explicó que estaba en trámite ya que le había sido hurtada su moto días atrás, y al recuperarla no tenía la identificación.

Pero el funcionario hizo caso omiso y le dijo que debía darle el dinero; como la afectada no lo tenía completo, le retuvo los papeles del rodante citándola 20 minutos más tarde en el barrio Quirinal.

La víctima pidió ayuda a funcionarios del Gaula para que intervinieran en esta situación, pero el encartado no se presentó en el lugar. Posteriormente y con la ayuda de un conocido de la Secretaría de Tránsito contactaron al agente quien devolvió los papeles.

Esta conducta fue debidamente denunciada e investigada dando como resultado esta condena en primera instancia por lo cual se emitió orden de captura en su contra.

Cabe anotar que la Fiscalía General de la Nación tiene dos procesos más en contra del exfuncionario por el mismo delito, uno de ellos pendiente de ser resuelto por el Tribunal Superior de Neiva, por apelación del ente acusador.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

PAAM/LYBT/AV/DFHI/DSH

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.