El hoy imputado es señalado como el encargado del adiestramiento político del grupo que delinque en el Bajo Calima y fue capturado por el CTI de la Seccional Cali, en el oriente de la capital vallecaucana.
La Fiscalía General de la Nación logró que un juez de control de garantías enviara a la cárcel a José Alberto Posada Caicedo, alias Político o Mateo, quien es señalado de ser el cabecilla del Clan del Golfo que delinque en el Bajo Calima, zona rural de Buenaventura (Valle del Cauca).
El hoy imputado, de 30 años, fue capturado en Cali el pasado 7 de febrero, en el barrio El Vallado, por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), la Policía Nacional y con apoyo del Ejército. En el momento de la captura las autoridades le incautaron un teléfono celular.
Según la Fiscalía, esta persona sería el encargado del adiestramiento político, protocolo, estatutos, manejo de finanzas del Clan del Golfo, en la zona rural de ese puerto sobre el pacífico colombiano.

Las labores de policía judicial le permitieron a la Fiscalía establecer que alias ‘Político’ o ‘Mateo’, al parecer, viene delinquiendo desde enero del 2022 a la fecha en Buenaventura, al tiempo que su trayectoria también podría haberse desarrollado en Antioquia y Chocó. Asimismo, tendría el poder de decidir los homicidios que debían realizarse; cobro de ‘vacunas’ y desplazamientos, entre otras acciones delincuenciales.
La Fiscalía le imputó al capturado el delito de concierto para delinquir agravado, cargo que no aceptó. El juez decidió que deberá cumplir la medida de aseguramiento en centro carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.