El uniformado habría accionado su arma de fuego en contra de la víctima sin justificación alguna, en el sector de Playa Blanca.

Por petición de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario al patrullero de la Policía Nacional Yorman Estid López Moreno, como posible responsable de ocasionarle la muerte a un joven el pasado 15 de julio, en Isla Barú, en Cartagena (Bolívar).

Los elementos de prueba dan cuenta de que el patrullero, en compañía de otro uniformado, llegó al sector de Playa Blanca y solicitó una requisa a un grupo de personas.

Durante el registro los uniformados le encontraron a un ciudadano venezolano dinero en efectivo y dos cigarrillos que, al parecer, tenían sustancia estupefaciente para consumo personal; sin embargo, procedieron a capturarlo. Ante esto, los acompañantes del detenido intervinieron y se enfrentaron a los funcionarios.

En medio de la discusión, el patrullero López Moreno presuntamente accionó el arma de dotación de manera desproporcionada y sin justificación alguna en contra del joven, que lo había increpado porque consideraba excesivo el procedimiento que realizaba con el ciudadano extranjero. La víctima recibió un disparo en la ingle que terminó por causarle la muerte.

Por lo anterior, una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos imputó al uniformado el delito de homicidio agravado. El cargo que no fue aceptado.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

JMSV/JARG/GRCM/DECVDH/

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.