Un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de la Seccional Bolívar judicializó, en procesos independientes, a dos hombres que estarían implicados en hurtos callejeros cometidos en Cartagena.

En la fotografía está un hombre con camiseta blanca, bermuda de jean, custodiado por dos agentes de la Policía Nacional. Detrás de ellos hay un pendón de esa institución y delante de ellos una mesa donde se encuentra el celular incautado.
Corpas Castro cuando fue capturado en flagrancia por la Policía Nacional cuando presuntamente le hurtó un celular a un extranjero.
  • El primer hecho ocurrió el pasado 15 de octubre en el barrio San Diego, donde Erick José Corpas Castro le habría hurtado el celular a un extranjero de 38 años. La Policía Nacional fue la encargada de capturar al procesado, de 28 años, en el lugar de los hechos. Tras la detención los uniformados le devolvieron el móvil hurtado al turista víctima del delito.
  • En otra acción fue asegurado Hiogan José Lozano Romero, presuntamente implicado en un hurto cometido en el barrio 7 de agosto. Los hechos sucedieron el 16 de octubre último cuando el investigado habría intimidado a una mujer que transitaba por el lugar para apropiarse de sus pertenencias. El hombre, de 20 años, fue capturado por la Policía poco después de los hechos.

Ninguno de los procesados aceptó sus responsabilidades en el delito de hurto, imputado por la Fiscalía. Por determinación del juez el hombre deberá ser trasladado a la cárcel San Sebastián Ternera de La Heroica.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

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MEVA/MAGA/ICHS/DSB

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.