La Fiscalía logró establecer que los procesados, al parecer, violentaban el sistema de seguridad y de encendido para robarse los vehículos.
En una acción liderada por la Seccional Bogotá de la Fiscalía General de la Nación y apoyada por la Sijín de la Policía Nacional, fueron judicializados José Enrique Bayona Macías, Lizeth Tatiana Cárdenas Forero y Juan David Bonilla Ponguta, presuntos integrantes de una organización delincuencial denominada Los Detodito, dedicada al hurto de motocicletas en la modalidad de halado.
Labores de policía judicial evidenciaron que estas personas serían responsables del hurto de al menos 06 motocicletas durante el último año, en Sogamoso y Duitama (Boyacá).
Según la investigación, los procesados, presuntamente, utilizaban un sistema eléctrico que les permitía vulnerar el sistema de seguridad y encendido de los vehículos para lograr su cometido.
La Fiscalía les imputó como presuntos responsables el delito de hurto calificado y agravado. Por petición de la Fiscalía, un juez de control de garantías dispuso que José Enrique Bayona Macía fuera privado de la libertad en centro carcelario, mientras que Lizeth Tatiana Cárdenas Forero deberá cumplir la medida en su lugar de residencia.
Por su parte, Juan David Bonilla Ponguta ya se encontraba cumpliendo una medida privativa por hechos similares, por lo que deberá permanecer en prisión.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LMBG/LYBT/JATG/LNFR/SFB.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.