La víctima fue reportada como desaparecida hace tres años y sus restos fueron encontrados hace un año.
La Fiscalía General de la Nación realizó la ceremonia de entrega digna de los restos del reincorporado Luis Fernando Murillo, quien fue reportado como desaparecido el 4 de marzo de 2021, en Buenaventura (Valle del Cauca).
La víctima habría sido citada por integrantes de un grupo armado ilegal en inmediaciones de un río, en el corregimiento de Puerto Merizalde. Desde entonces, los familiares y conocidos no volvieron a tener información sobre su paradero.
Las acciones lideradas por la Unidad Especial de Investigación (UEI) permitieron obtener testimonios y otros elementos de prueba que daban cuenta del lugar donde podría estar el reincorporado.
Con esta información, el 9 de junio de 2022, funcionarios del Grupo Interno de Trabajo de Búsqueda, Identificación y Entrega de Personas Desaparecidas (Grube) se trasladaron al sector de Punta Bonita, en Buenaventura, y exhumaron un cuerpo. Los cotejos científicos y de ADN realizados a los restos y las prendas de vestir encontrados permitieron al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses establecer que se trataba de Luis Fernando Murillo.
Luego del proceso de identificación plena, las direcciones seccionales de Cali y Valle del Cauca realizaron el acompañamiento psicológico y social a los familiares de la víctima. Ahora, con la entrega formal de los restos y con el apoyo de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) y representantes Organización de Naciones Unidas (ONU) le podrán dar sepultura en atención a sus creencias y costumbres.
La Fiscalía habla con resultados.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.