Un fiscal adscrito a la Seccional Risaralda imputó a dos mujeres y un hombre como presuntos responsables de extorsionar a, por lo menos, dos personas, a quienes habían conocido a través de redes sociales.
Los procesados fueron identificados como Dayanna Katherín Arévalo Merchán, Leidy Viviana Cuervo Vélez y Jhovan Andrés García Ferrero. Los investigados se habrían valido de perfiles falsos en internet para ganarse la confianza de quienes serían luego sus víctimas.
El 22 de febrero de 2022 y el pasado 16 de enero, los detenidos habrían logrado que las víctimas les enviaran fotos en las que aparecen desnudos.
Se presume que al día siguiente los presuntos extorsionistas contactaron de nuevo a las víctimas, ante quienes uno de los procesados se habría hecho pasar por funcionario de la Policía Nacional.

En la conversación, el falso uniformado les indicó que las fotos con contenido sexual las había, supuestamente, enviado a menores de edad, por lo que serían procesados penalmente.
Para evitar la presunta judicialización, cada uno de los responsables de enviar las imágenes debía transferir tres millones de pesos.
Por estos hechos, uno de procesados fue capturado en la localidad de Usme en Bogotá; y los otros dos en el barrio Caribe y Manrique San Pablo de Medellín.

Los procesados fueron imputados como posibles responsables del delito de extorsión agravada.
Por decisión de los jueces de control de garantáis respectivos, García Ferrero fue enviado a centro carcelario; Arévalo y Cuervo, por su parte, deberán afrontar el proceso penal en libertad. Estas últimas aceptaron su responsabilidad en los delitos imputados.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
CLCG/MAGA/GRM/DSR
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.