El patrullero Harvy Damián Rodríguez Díaz fue declarado responsable de los delitos de homicidio y tortura, ambas conductas agravadas.

Luego de valorar las prueba y argumentos presentados por la Fiscalía General la Nación, un juez penal especializado de Bogotá emitió sentido de fallo condenatorio contra el patrullero Harvy Damián Rodríguez Díaz, por su responsabilidad en la muerte del estudiante de derecho, Javier Humberto Ordóñez Bermúdez, ocurrida el 9 de septiembre de 2020, en el noroccidente de Bogotá.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos demostró que el procesado participó en el procedimiento policial en el que el señor Ordóñez Bermúdez fue reducido de manera violenta y sometido con varios electrochoques ocasionados con un dispositivo tipo taser.

De igual manera, se estableció que coordinó el traslado del estudiante de derecho al CAI de Villa Luz, en la localidad de Engativá, donde se presentaron otras agresiones físicas que desencadenaron su muerte, como lo estableció el informe de necropsia realizado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Para la Fiscalía, el entonces integrante de la Policía Nacional actuó de manera desproporcionada contra la víctima, quien se encontraba en estado de indefensión. Adicionalmente, lejos de la misión constitucional que le asiste, no evitó el fatal desenlace y, por el contrario, fue partícipe.

En ese sentido, el patrullero Rodríguez Díaz recibirá condena por los delitos de homicidio y tortura, ambas conductas agravadas. La pena se conocerá en junio del año en curso.

Por estos hechos, en abril de 2021, la Fiscalía obtuvo condena de 20 años de prisión contra el patrullero Juan Camilo Lloreda Cubillos, quien mediante preacuerdo aceptó su responsabilidad.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

JARG/JCFJ/DECVDH/MC.

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.