El docente fue capturado por el CTI de la Fiscalía en la localidad de Kennedy, en el suroccidente de la ciudad.
La Fiscalía General de la Nación logró la judicialización de Luis Alexander Rubio Montaño, un profesor de tecnología de una institución educativa del barrio Tintal, en el suroccidente de Bogotá, que habría agredido sexualmente a cuatro de sus alumnas menores de edad en hechos ocurridos durante el año en curso.
Esta persona, al parecer, interceptaba a las víctimas al terminar las clases, las llevaba a la fuerza a un cuarto contiguo a la sala de informática y las sometía a distintos vejámenes. Los testimonios obtenidos permitieron establecer que a varias de las niñas les habría ofrecido dinero para que no lo denunciaran.
Finalmente, los padres de una de las alumnas afectadas se percataron de lo sucedido y, a través de un grupo de WhatsApp, identificaron y contactaron a otras víctimas. De igual manera, reportaron la situación ante las directivas del plantel y denunciaron de inmediato en la Fiscalía.
Durante la labor investigativa se recuperaron conversaciones por chat, fotografías y otros elementos de prueba que fueron determinantes para imputar al profesor Rubio Montaño los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales con menor de 14 años, ambas conductas agravadas.
El procesado no aceptó los cargos y recibió medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario.
La Fiscalía habla con resultados.
FAGH/JARG/OB/JMM/SB/MCR
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.